La ley 245i es una muy buena opción para que ciertas personas puedan ajustar su estatus sin salir de los Estados Unidos.
Sin embargo, los requisitos para poder ser elegible son muy específicos. Por eso, en este artículo te explicaré bajo qué circunstancias una persona no puede ser protegido por la 245i.
Primero que nada, es importante que recordemos que la ley 245i no equivale a un ajuste de estatus. Lo que hace es darte la posibilidad de que ajustes tu estatus.
Ahora bien, la ley 245i estuvo vigente hasta el 30 de abril de 2001. Es por eso que uno de los requisitos para poder ser elegible es tener una petición a tu nombre hecha antes de esa fecha, ya sea por un familiar o un empleador.
En caso de no tenerla, la ley 245i ya no podría aplicarse.
Otra de las cosas que debes tener muy en cuenta para saber si la 245i es que se requiere demostrar presencia física en los Estados Unidos al 20 de diciembre del 2000. Todo esto debe evidenciarse con documentación válida.
Por eso, también es un requisito reunir y presentar todas las evidencias necesarias para demostrar que cumples lo necesario. No hacerlo impedirá que la ley 245i pueda ser aplicable, y habrá que explorar otras posibilidades.
Antes de solicitar la 245i, la recomendación es que te asesores primero con tu abogado de inmigración para ver cuál es la opción adecuada para tu caso, pues por ejemplo, si quieres ajustar tu estatus y te casaste con un/a ciudadano/a, se podría pedir la residencia por matrimonio.
No olvides que la información aquí está presentada de forma muy general, y que lo mejor siempre es obtener asesoría profesional. ¿Es este tu caso? ¡Contáctame al 702-829-5290 lo revisaremos juntos!