¿Puedo pedir a mi prometida si está con visa de turista en Estados Unidos?

inmigrantes en estados unidos

Algo que queremos todos los inmigrantes es poder estar con la persona que amamos en Estados Unidos. Lo bueno es que, ya sea que seamos residentes permanentes o ciudadanos, tenemos esa posibilidad. En este artículo, hablaremos de qué hacer en caso de que tu prometida ya esté en el país.  

Recordemos cuál es el proceso usual para que un ciudadano pueda traer a su prometida y casarse con ella a los Estados Unidos: ella estará en su país, el ciudadano le pide la visa de prometidos (o visa fiancé), y una vez la tenga, podrá venir a casarse con él dentro del país.  

Sin embargo, si ella ya ingresó con una visa de turista, existen ciertas cosas que es necesario tener en cuenta: por una parte, la visa de turista asume que tus intenciones en el país son simplemente las de visitar lugares, conocer el país y finalmente irte dentro del período permitido por la visa

El matrimonio podría llevarse a cabo, pero eso no significa que podrías arreglarle a tu prometida automáticamente. Por el contrario, que alguien entrara con visa de turista y se casara podría verse muy sospechoso ante inmigración.  

¿Cuál es la mejor opción? 

Principalmente, se trata de tener mucha paciencia. Si eres alguien que entró a los Estados Unidos como turista, pero conociste al amor de tu vida y es algo que simplemente sucedió y quieren casarse, lo mejor es que regreses a tu país de origen antes de que expire tu visa

Una vez hayas regresado, tienen dos opciones. La primera es que se casen en tu país. Si lo hacen, tu esposo ciudadano podrá regresar a los Estados Unidos y pedirte a través de una residencia por matrimonio.  

O la otra alternativa es pedir la visa de prometidos. Ya estando en tu país de origen, tu pareja puede pedir desde Estados Unidos este tipo de visa para ti, y si te la otorgan, podrás viajar a casarte con él dentro del país.  

Con la visa de prometidos, tiene un período de 90 días dentro del cual deben contraer matrimonio. Después de hacerlo, podrás ser elegible para la residencia permanente.  

 Ten en cuenta que el presente artículo es de carácter informativo, y que lo mejor siempre es que te asesores con un abogado de inmigración para saber cuál es la mejor manera de llevar tu caso específico. 

Recuerda que siempre puedes contactarme al 702-829-5290 para que examinemos más a fondo tu caso y puedas tomar la mejor decisión. Me dará mucho gusto poder ayudarte. 

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