Cuando inicié mi proceso de ajuste de estatus en Estados Unidos, no sabía que existían 2 tipos de residencia, además de muchos otros datos importantes que debí saber en ese momento. Debí saber que iniciar un proceso para obtener la green card no nos da plena seguridad de que será una residencia legal permanente y que tampoco nos garantiza que vayamos a obtenerla. Ahora que lo sé, estoy aquí para explicarte un poco más al respecto.
No olvides que debes contar con ciertos requisitos y tener en cuenta varios factores para aplicar para la green card, ej: cualificaciones laborales, ser familiar inmediato de un ciudadano americano, contar con condición de refugiado, entre otros.
¡OJO! Existe una categoría que hace que el proceso sea un poco diferente: la del residente por matrimonio; este es el caso de un inmigrante que se casa con un(a) ciudadano(a) estadounidense.
Esta sería la principal situación en la que pueden otorgar una residencia permanente condicional. ¿Cómo? Demostrando que la pareja lleva casada menos de dos años en el momento en que se aprueba la residencia.
Muchos de mis clientes piensan que esto puede no beneficiarlos, pero en realidad SÍ, ya que tener este tipo de residencia (condicional) no presenta ninguna desventaja, pues contarás con los mismos derechos: podrás viajar fuera del país, trabajar y vivir normalmente en Estados Unidos.
¡LO MÁS IMPORTANTE! Si eres residente condicional, faltando 90 días para que cumplas 2 años de tener este tipo de residencia, tendrás que solicitar que se remueva la condición de tu green card para convertirte en residente permanente legal.
Si tienes dudas acerca de tu tipo de residencia, recuerda que puedes contactarme al 702-602-9354 y así podemos trabajar juntos en tu caso.