Permiso humanitario vs. Perdón migratorio, ¿Cuál es mejor?

Como inmigrantes, algo muy importante para nosotros y es la manera de asegurar un estatus legal dentro de los Estados Unidos.

Hoy te hablaré de dos conceptos muy importantes en este sentido: el permiso humanitario y el perdón migratorio.  

Una persona puede tener la opción de solicitar un permiso de permanencia temporal (parole) para ingresar al país, incluso si es inadmisible por otros medios.

Este permiso expira una vez se cumple su plazo (que no suele ser más de un año) o cuando la persona abandone el país. Lo que ocurra primero.  

Un perdón migratorio es algo diferente, pues básicamente para lo que sirve es para que se haga una excepción en la aplicación de la regla para un caso particular de inmigración, o en palabras más sencillas, que se perdone una falta.

Es decir que, si la persona es inadmisible, se puede reconsiderar y darle la posibilidad de ajustar su estatus migratorio. 

Diferencias entre permiso humanitario y perdón migratorio 

Es aquí donde radica la principal diferencia entre el permiso humanitario y el perdón migratorio: que el primero no da la posibilidad de ajustar el estatus de la persona.  

Por otra parte, para obtener un permiso humanitario es necesario que tengas un patrocinador, es decir, una persona que te asistirá económicamente durante tu estadía en los Estados Unidos.

Tal cosa no es necesaria con el perdón, pues una vez este se tenga, se pueden hacer los demás trámites por cuenta propia.  

También son significativas las circunstancias bajo las que se puede pedir un permiso humanitario en comparación con las del perdón. 

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Para poder conseguir el permiso, es indispensable que existan razones humanitarias urgentes para que se te deba dar la oportunidad de ingresar al país.  

El perdón migratorio, por su parte, se puede buscar en la mayoría de las circunstancias de inadmisibilidad (a no ser, por supuesto, que se haya cometido un delito grave o que representes una amenaza pública para el país).  

No olvides que la información aquí es presentada de forma general y para fines informativos. Por eso, la invitación es a que busques siempre asesoría legal antes de cualquier trámite.

¿Es este tu caso? Si es así, siéntete libre de contactarme al 702-829-5290 y me dará mucho gusto poder ayudarte.  

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